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Los procedimientos por delitos sexuales a menores aumentan cada día, según la información suministrada por la Fiscalía General del Estado. Lo que hace que se busque implementar medidas urgentes para reducir la ocurrencia de este tipo de delito que marca la vida de los menores.
Los delitos sexuales contra menores se encuentran entre los delitos contra la libertad e indemnidad sexual, según el Código Penal. Este delito son actos que se cometen sin que medie el consentimiento y sin intimidación o violencia.

¿Cómo se castigan los delitos sexuales a menores?
El castigo para quien comete delito de abuso sexual contra menores de 16 años, se encuentra en el Código Penal. Es definido como un delito contra la libertad e indemnidad sexual y está regulado en el artículo 181.1.
Este es el primer artículo perteneciente al Capítulo II, que se denomina los abusos sexuales, en el Título VIII, en el Libro II que corresponde a los tipos de delitos y sus penas.
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El delito de agresiones y abusos sexuales a menores, se encuentra tipificado en el artículo 183 del Código Penal. Donde se establece que quien realice actos de carácter sexual con un menor de dieciséis años, será castigado.
El castigo será como el responsable de haber cometido abuso sexual contra un menor y se le impondrá la pena de prisión de entre dos y seis años.
Delito de abuso sexual a menores por medio de acceso carnal
Cuando el delito de agresiones y abusos sexuales a menores se cometa con acceso carnal por vía bucal, vaginal o anal o bucal. La pena que se impone es la de prisión que varía entre ocho y doce años.
En los casos de que el delito de agresiones y abusos sexuales a menores se cometa con la introducción de objetos o miembros corporales por la vagina o el ano. La persona que cometa esté delito será sancionado con la pena de prisión de doce a quince años.
Delito de abuso sexual a menores con intimidación o violencia
Cuando el delito de abusos sexuales a menores se comete con intimidación o violencia, el responsable será castigado. Esto será por el delito de agresión sexual a un menor de 16 años y se le dará una pena de prisión entre cinco y diez años.
Esta pena también será aplicada cuando a través de la intimidación o violencia se obligue a un menor de dieciséis años. Para realizar actos de naturaleza sexual sobre sí mismo o a participar en ellos con un tercero.
Delito de abusos sexuales por internet
La tipificación del delito de agresiones y abusos sexuales a menores con el uso del internet se encuentra en el artículo 183 del Código Penal. El cual establece lo siguiente:
La persona que por medio de dispositivos móviles, internet o con el uso de cualquier medio tecnológico contacte con un menor de dieciséis años. Para proponer concertar un encuentro para cometer cualquiera de los delitos contra menores establecidos en la ley será castigado.
El castigo sólo será impuesto cuando la propuesta está acompañada de actos materiales que buscan un acercamiento. La pena que corresponde a este delito es de prisión de uno a tres años o multa de entre doce y veinticuatro meses, además de las penas que correspondan por el delito cometido contra el menor.
Cuando el acercamiento se consiga a través de la intimidación, engaño o coacción, intimidación la pena impuesta será en su mitad superior.
Certificación negativa
Las personas que su profesión o actividad que realicen estén ligadas a un contacto habitual con menores requieren de una certificación negativa. Esto de acuerdo con lo establecido en la Ley 26/2015, con fecha 28 de julio, el cual es emitido por el Registro Central de delincuentes sexuales.
Este documento certifica que la persona no ha sido condenada por sentencia firme por haber cometido algún delito de abusos sexuales contra menores de 16 años.
¿Cuáles son las agravantes en el delito de abusos sexuales a menores?
Los diferentes tipos de delitos sexuales a menores que se comenten serán castigados con la pena de prisión correspondiente. Pero en su mitad superior cuando sean cometidos y se encuentren presente alguna de las siguientes situaciones:
En el caso de que los hechos sean cometidos con la participación de una o más personas.
Cuando la víctima sea menor de cuatro o tenga poco desarrollo físico o intelectual que la hubiera colocado en una situación de completa indefensión.
En los casos que la intimidación o violencia ejercidas tienen un carácter especialmente vejatorio o degradante contra la víctima.
Cuando el responsable del delito hubiera puesto en peligro de forma imprudente grave o dolosa la salud o vida de la víctima.
Si para ejecutar el delito el responsable se haya válido de una relación de parentesco o superioridad. Debido a que era un hermano por adopción o naturaleza, ascendiente o por tener una relación de afinidad con la víctima.
Cuando el delito se haya cometido dentro de un grupo criminal o una que se dedique a realizar este tipo de actividades.
Procedimiento judicial por el delito de abusos sexuales a menores
Los delitos de abusos sexuales contra menores por lo general se cometen en soledad, donde sólo están presentes el agresor y la víctima. Por lo que para el procedimiento judicial y lograr una sentencia la víctima se convierte en la persona de mayor importancia probatoria.
Por este motivo la víctima debe ser objeto de la mayor protección durante el tiempo que dure el procedimiento. Esto tiene dos propósitos que son proteger quien es la prueba más importante para el procedimiento judicial y evitar la denigración y victimización.
Los procedimientos judiciales por el delito de abusos sexuales a menores tienen un especial cuidado con la víctima. Para ello se le da un trato especial y se establecen medidas o cautelas. Las cuales tienen como propósito brindarle protección, prevenir su victimización y evitar que estos hechos influyan de forma negativa en su personalidad.