El recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional es un procedimiento que tiene como objetivo proteger algunas libertades y derechos de los ciudadanos. Estos derechos y libertades de los ciudadanos se encuentran protegidos en el artículo 53, Título I, Capítulo II de la Constitución española.
Este procedimiento es una de las principales competencias que la Constitución española le ha atribuido al Tribunal Constitucional. La única exigencia que se puede hacer valer por medio del recurso de amparo es la preservación o el restablecimiento de las libertades o derechos por los cuales se promueve el recurso.

¿Cuáles son las modalidades del recurso de amparo?
La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional establece tres modalidades de recurso de amparo de acuerdo con el origen del acto del poder público. Al cual se le imputa la violación de los derechos fundamentales, estos recursos son:
El recurso de amparo contra decisiones parlamentarias según lo dispuesto en el artículo 42.
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El recurso de amparo contra decisiones administrativas y gubernativas de acuerdo con lo establecido en el artículo 43.
El recurso de amparo contra decisiones judiciales de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44.
La Ley Orgánica de Régimen Electoral General por su parte establece dos modalidades de recurso de amparo contra decisiones y actos de la Administración electoral. Ellos son:
El recurso de amparo contra los Acuerdos de las Juntas Electorales relacionados con la proclamación de candidaturas y candidatos. Esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.3.
El recurso de amparo contra los Acuerdos de las Juntas Electorales relacionados con la proclamación de elección y electos. También con la proclamación de Presidentes de las Corporaciones locales, esto fundamentado en el artículo 114.2.
¿Quién puede interponer un recurso de amparo?
El órgano competente para la tramitación y resolución de un recurso de amparo es el Tribunal Constitucional. Este recurso puede ser interpuesto por: el Defensor del Pueblo, el Ministerio Fiscal y la persona afectada debido a la restricción del derecho fundamental.
Cuando se presenta un recurso de amparo este es sometido a un trámite previo de admisión. Según lo dispuesto en el artículo 50.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, en el que se decide sobre lo siguiente:
Si quien interpone el recurso de amparo constitucional, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 46 LOTC.
Se verifica que el recurso se haya presentado en el plazo establecido según el artículo 42 al 44.
Se comprueba que se haya agotado la vía judicial previa o los diferentes medios de impugnación. Esto de acuerdo a lo establecido en los artículos. 43.1 y 44.1.a.
Se procede a verificar que se haya denunciado formalmente la violación inmediatamente que se conoció. Esto según lo dispuesto en el artículo 44.1.c.
Se revisa que la demanda cumpla con los requisitos de concisión y claridad de los hechos. También si se han citado los preceptos constitucionales vulnerados, que serán los mencionados en el artículo 14 al 29 y en el 30.2.
La demanda también debe tener la especificación del amparo que se solicita para restablecer o preservar el derecho vulnerado.
Procedimiento para presentar un recurso de amparo
El conocimiento del recurso de amparo le corresponde a las Secciones o Salas del Tribunal Constitucional. La interposición del recurso se debe hacer a través de una demanda, cuando es recibida en la Sala del Tribunal Constitucional, éste procede a solicitar al Tribunal u Órgano las actuaciones que han originado la vulneración de los derechos.
El demandante debe comparecer el día citado representado por un abogado y un Procurador debidamente legitimados.
El Tribunal Constitucional permite que el Ministerio Fiscal, la parte que ha recurrido, y el Abogado del Estado, vean las actuaciones y presenten sus alegatos. Después de esto el Tribunal Constitucional procede a dictar sentencia para solucionar el recurso de amparo.
La sentencia dictada por la Sección o Sala del Tribunal Constitucional puede tener el siguiente resultado:
Una negativa al amparo solicitado.
El otorgamiento de amparo, en este caso los pronunciamientos serían: el reconocimiento de la libertad pública o del derecho, conservación o restablecimiento del recurrente de la libertad infringida o del derecho, declaración de nulidad del acto, resolución o decisión fijando su alcance y efectos.
¿Cuál es el plazo para interponer un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional?
El plazo para interponer un recurso de amparo contra decisiones administrativas o gubernativas y del recurso de amparo contra decisiones judiciales. Es entre veinte y treinta días, contados a partir de recibida la notificación de la resolución con la que finaliza la vía judicial previa.
En el caso de la interposición de un recurso de amparo contra decisiones parlamentarias el plazo es de tres meses. Los cuales se comienzan a contar a partir de que sean firmes, según lo dispuesto en las normas internas de las Cámaras.