Los Derechos cuando una persona es detenida son un conjunto de disposiciones legales primarias para el debido proceso penal. Deben entrar en vigencia inmediata al momento en que el individuo es detenido para iniciar el proceso de privación de libertad.
Son elementales porque permiten hacer valer la integridad y protección civil de cada persona ante la sociedad y la ley. Es importante que todo sujeto conozca estos derechos para un proceso penal justo y en condiciones óptimas.
Quedará de parte de las autoridades o un abogado suministrar la lista de derechos para del detenido.
Modificaciones de los derechos para una persona detenida
Se registra una ampliación de los derechos del detenido luego de una reforma en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
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La misma fue efectuada en el 2015 y estableció una modificación de redacción dentro del artículo 520. Es así como sería ampliado el precepto que tiene como ocupación principal establecer los derechos del detenido.
Esto resalta la importancia de contactar con un abogado desde el momento inicial de anunciarse la denuncia personalmente. Recibir el mejor asesoramiento es clave para poder conservar la garantía de los derechos personales como individuo.
Un letrado es el principal encargado de mantenerse al día en toda la materia legal, como parte de su labor profesional. No obstante, por ello siempre se recomienda contratar abogados especializados en derecho penal para contar con la experiencia legal necesaria.

¿Cuáles son los derechos principales de una persona cuando es detenida?
El modificado artículo 520.2 de la LECrim establece que resumidas cuentas que una persona detenida o presa debe ser informada por escrito. Dicho comunicado debe presentarse en un lenguaje claro y sencillo para explicar los hechos que se le atribuyen.
Además de los hechos, deben fundamentarse las razones y además expresar los siguientes derechos con los que contará tras su detención:
- Derecho a guardar silencio: el detenido puede no contestar a ninguna pregunta o que afirmar que sólo declarará antes el juez.
- Derecho a no confesarse culpable o no realizar declaraciones en contra de su propia persona.
- Derecho a designar abogado: no habrá perjuicio de lo dispuesto en la sección 1.a) del artículo 527. Puede recibir asistencia inmediata ya sea personalmente o a través de otras vías de comunicación directa como llamadas o vídeo conferencias.
- Derecho de acceso a elementos primordiales o esenciales referente a las acciones cometidas que impugnan la legalidad de la detención.
- Derecho a informar de su privación de libertad a sus familiares o cualquier otra persona siempre que lo desee. En el caso de los extranjeros, establecer contacto con la oficina consular correspondiente a su nacionalidad.
- Derecho a llamada telefónica a un tercero de libre elección, siempre en presencia de un funcionario policial. También puede ser un oficial designado por un juez o el fiscal.
- Derecho a visita consular de su respectivo país por las autoridades competentes a comunicarse y establecer contacto con el detenido.
- Derecho inmediato para una solicitud de asistencia jurídica gratuita, procedimiento para hacerlo y conocimiento de todas las condiciones para obtenerla.
- Derecho de asistencia interpretativa al tratarse de un extranjero que no comprenda o hable el idioma castellano. También se incluye la solicitud de intérprete para personas sordas o con discapacidad auditiva.
Derechos relacionados a la detención de una persona
Existen una serie de derechos cuando una persona es detenida que se recogen dentro de los derechos del detenido. Cabe aclarar que la ley no los menciona bajo esta denominación pero se siguen tomando como válidos, mencionando algunos como:
- El detenido debe poseer la información necesaria sobre la duración máxima del plazo legal de la detención. Esto hasta que se disponga de la autoridad judicial y del procedimiento de la impugnación y su legalidad de la detención.
- Cuando a través del escrito no se dispone de una declaración de derechos entendible para el detenido, se recurre al intérprete. Este individuo es el encargado de pronunciar y entregar la declaración escrita de los derechos con inmediatez.
- Indistintamente de los casos, el privado de libertad está en el derecho de conservar la declaración escrita de derechos. La puede mantener bajo su poder durante todo el plazo de detención.
- Si el detenido posee más de dos nacionalidades, este debe elegir la autoridad consular que desee informar de su estado legal.
- Derecho a una entrevista reservada ante el abogado de confianza, puede realizarse antes de la declaración policial, fiscal, etc.