Delitos Cometidos en Internet

Los delitos cometidos en internet es una situación que sigue creciendo de forma exponencial, según el Ministerio del Interior. El porcentaje de los delitos en internet en España es de un 33% con más de 200.000 delitos en internet.

Creando un peso proporcional en la ciberdelincuencia, específicamente en el fraude en Internet, el cual es el 85,1% de los casos. El segundo de los casos más comunes son las amenazas y la coacción con 11.154 casos. 

Los agentes policiales señalan que cuando el volumen de fraude es pequeño, las víctimas no lo denuncian. 

El aumento de los delitos cometidos en internet es España

El auge de estos delitos está ligado a su alta rentabilidad económica y el costo bajo de los equipos para cometerlos. La Estrategia Nacional de Lucha contra la Delincuencia Organizada advierte sobre estos empresarios cibernéticos. 

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Se trata de ciberdelincuentes que venden sus servicios a grupos delictivos organizados. Ofrecen productos como listas de números de tarjetas de crédito con sus contraseñas para saquear cuentas bancarias. 

Esta nueva realidad dio lugar a nuevas figuras delictivas que hasta su aparición eran inexistentes para el orden legislativo

Se dio la necesidad de que el ordenamiento jurídico se adaptara a esta necesidad y realidad social. El objetivo ha sido incorporar cambios sustanciales y relevantes, a través del establecimiento de nuevos métodos.

Ha sido un reto crear desde cero nuevos tipos de delincuentes como figuras específicas y autónomas bajo los delitos cometidos en internet. 

Delitos Cometidos en Internet

La culminación de este proceso de adecuación está en la reforma del código penal tras la ley orgánica 1/2015. 

Estas reformas han sido impulsadas en varias ocasiones por normativas europeas como la Decisión 2005/222. Existe un enfoque conciso en los delitos de intrusión informática, interceptación de datos y ciberdelitos relacionados con la propiedad intelectual. 

La particularidad se aplica en los delitos cometidos en internet que se producen en los artículos 197 ter, quat, quinquies. Esto incluye el llamado delito de intrusión en computadoras en el artículo 197 al párrafo 1.

Estos avances incluyen el delito de capturar transmisiones de datos informáticos, si no son públicas, en el artículo 197. La segunda adopción representa una gran novedad que siguió la legislatura después de la gran reforma de 2015. 

Delitos cometidos en internet bajo la perspectiva de los artículos 

En el 197 bis se encuentra el delito de intrusión informática donde se sanciona el acceso o facilitación de acceso.  A todo o parte de un sistema de información, violando las medidas de seguridad y sin estar debidamente autorizado. 

Algunas doctrinas optan por la privacidad como el bien protegido según la jurisprudencia española. Otras entienden que lo que está protegido es la seguridad de los sistemas informáticos.

La reforma de 2015 se enfoca en aquella persona que, por cualquier medio o procedimiento, viole las medidas de seguridad. Las cuales están establecidas para evitarlo y sin estar debidamente autorizado o acceda a un sistema de información. 

Con la debida comprensión de que se mantiene contra la voluntad de quienes tengan el legítimo derecho a excluirlo. Dicha persona será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a dos años. 

El simple acceso será penalizado incluso si los datos no han sido consultados. En cuanto a las medidas de seguridad, será necesario estar en el estado de la técnica, de los usos o costumbres adecuados. 

En cuanto activo del hecho, aunque puede ser realizado por cualquier persona, en la práctica es realizado por un experto. El elemento sustancial es el uso de tecnologías de la información con conocimientos informáticos avanzados. 

En estos casos antes mencionados el código estipula una pena de prisión de entre seis meses y dos años. Las penas dependerán en gran medida de los hechos que conformen los delitos cometidos en internet.

El uso de la transmisión en los delitos cometidos en internet

Cuando se habla interceptación de transmisiones de datos informáticos el artículo 197 bis es el más adecuado. El legislador quiso tipificar como delito la interceptación de transmisiones no públicas de datos informáticos. 

Se encuentra el precepto de que quien, mediante el uso de dispositivos intercepte comunicaciones será penado. Esto incluye los instrumentos técnicos, y sin la debida autorización de transmisiones no públicas de datos computacionales.

El artículo incluye sus emisiones electromagnéticas para ser sancionado con pena de prisión de tres meses a dos años. El agregado extendido de los delitos cometidos en internet involucra una multa de tres a doce meses. 

Cuando se habla del bien legal protegido, se entiende como la seguridad de los sistemas informáticos. Donde se realizará la limitación a la transmisión de datos informáticos únicamente. 

Al ser nuevos delitos cometidos en internet se carece de jurisprudencia ad hoc. Siendo necesario una doctrina que perfile mejor la tipología de todos los delitos que se están desarrollando por el internet. 

Ante esto se entiende la producción o facilitación a terceros para la realización de los delitos anteriores. El artículo 197 ha sancionado las conductas relacionadas con la producción o puesta a disposición de terceros de instrumentos.

En este elemento se realiza la práctica de los delitos previstos en los dos primeros párrafos del artículo 197. Se establece que el que sin estar autorizado produzca o facilite herramientas registradas por terceros.

Esto significa una sanción con pena privativa de libertad de seis meses a dos años. La implicación constituye una multa de tres a dieciocho meses.

Facilitación de las herramientas para cometer delitos en internet

Buscando el objeto de facilitar la práctica de cualquiera de los delitos cometidos en internet. La referencia que se realiza es dirigida a los párrafos 1 y 2 del artículo 197 bis.

El artículo habla sobre los programas de computadora, diseñados o adaptados principalmente para cometer tales delitos. Siendo importante el elemento de una contraseña de computadora que permita acceder a todo o parte de un sistema de información.

El subtipo agravado de los delitos cometidos en internet es actuar dentro de una organización criminal. El artículo 197 quater describe que si los delitos 

Se cometieron en un grupo delictivo, se aplicarán las penas más altas. 

Bajo la perspectiva de la responsabilidad que posee la persona jurídica, según el artículo 197 quinquies. Se incluye la asunción de responsabilidad cuando sea responsable de los delitos cometidos en internet

Estos estarán contemplados en los artículos 197, 197 bis y 197 ter, se impondrá multa de seis meses a partir de dos años. 

No solo se sanciona la reproducción, plagio, distribución, comunicación pública o cualquier otra práctica de obras literarias. Se incluye la facilitación del acceso a estos contenidos a través de enlaces o con ánimo de lucro. 

Las amenazas forman parte de los delitos cometidos en internet, según el art. 169. Siendo realizadas o difundidas por cualquier medio de comunicación, tal cual como las calumnias e insultos el artículo 205.

En el artículo 248 se habla sobre el fraude informático, el 263 se menciona el sabotaje informático. Los demás artículos inducen sobre la prostitución infantil (artículo 187).

En la jurisprudencia el ámbito de los delitos cometidos en internet va creciendo cada vez. Como método para evitar la extensión y a propagación de los delitos en España.