El delito de daños en España ocurre cuando el sujeto activo crea una destrucción o menoscaba algún objeto ajeno a él. En esta situación se realiza la disminución de lo que constituye el valor del patrimonio económico del objeto.
El código penal en España busca proteger el derecho a la propiedad pública y privada mediante el castigo. El mismo Código Penal excluye de este tipo de delitos los daños al ámbito moral.
Delito de daños que considera el código penal español
No se va a tomar en consideración el ánimo de lucro del sujeto activo. La circunstancia no tiene en cuenta el perjuicio patrimonial que produzca un beneficio para el sujeto pasivo o activo.
En el delito de daños sólo se considera el propio daño que se ha causado como tal. En los artículos 263 y 264 se desarrolla el delito contra el patrimonio y la propiedad.
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La mayoría de los daños que se realizan a través del delito son en su mayoría de tipo doloso. La ley exige que el autor ya actuado con pleno conocimiento de la producción del daño.
En gran medida la gravedad y la calidad del daño es aquel que va a destacar la modalidad del delito. En este ámbito se puede incluir ciertos elementos que forman parte de esta estructura.
El delito de daños que se considera atenuado o leve dependerá de que el valor sea menos de 400 €. Al ser considerado como un delito leve se aplica una sanción de multa de 1 a 3 meses.
En caso de que el delito de daños sea básico se aplicará una multa de 6 a 24 meses. Si el caso es agravado se habla de la pena de prisión de uno a tres años.

Delito de daños tipo agravado en el código penal español
En el tipo agravado se incluye una multa de 12 a 24 meses cuando se incurre en ciertas circunstancias.
Debe realizar el daño para impedir el libre ejercicio o a través de una venganza por a las acciones ejecutadas. En el caso de que se causa una infección o contagio al tipo de animal de ganado esto supone un agravado.
Si el culpable emplea sustancias que sean venenosas o que puedan ser corrosivas la pena será de prisión. Si como consecuencia de emplear este daño la persona que afectan económicamente tiene un agravio.
Es aplicable cuando los daños ejecutados son especialmente graves e interfieren con los intereses generales. Esto supone la afectación a bienes que sean de dominio público o comunal.
En el artículo 265 se habla de la agravación de aquellos daños que afectan la defensa nacional. Esto involucra el artículo 266 cuando el daño es producto de un incendio o explosión.
En el último elemento surge la posibilidad de que se utilice el fuego y explosiones que tengan potencia destructiva. Todo esto debe poner en peligro la vida y la integridad física de las personas.
El artículo 266.1 estipula que si el daño fue por incendio la pena será de uno a tres años. La gravedad de la situación expondrá un agravio superior a lo estipulado.
El código penal también considera el daño sin autorización al borrar, alterar o suprimir datos informáticos. Esto incluye programas y documentación electrónica ajena que produzca graves resultados.
El artículo 264.1 del Código Penal estipula una pena de prisión entre seis meses a tres años dependiendo del agravio.
Consideración del Código Penal en el delito de daños imprudente
Estos casos estipulan el daño a través del descuido o la negligencia sin malicia o intención al objeto ajeno. La pena que se impone dependerá de la calidad del daño que se haya realizado.
Si el sujeto activo atendió a las normas básicas de diligencia este hecho no será penal. Esto dependerá de que la imprudencia sea necesariamente grave.
El daño que se causa tiene que tener un valor que supere los 80000 €. El valor inferior la víctima puede acudir a ciertos organismos civiles para reclamar la indemnización.
La infracción realizada necesita la denuncia por parte de la víctima. Es posible que asista también la representación legal.
En caso de que el agravado realice el perdón la acción penal quedará inválida. Este elemento depende del artículo 130 del código penal, específicamente del apartado.
Delito de daños en el ámbito moral
En este aspecto se ha desarrollado desde hace años a través de la jurisprudencia con criterios sólidos. El enfoque se realiza ante las circunstancias en las que se llevaron a cabo los daños, y las consecuencias.
La dificultad se enfoca en la cuantificación del daño moral que se ha causado. En el 2015 se sentenció una Ley 35/2015 a través del criterio orientador en el caso de indemnización.
Ante un delito de daños con enfoque moral no existe un método en específico que termine la indemnización. Estos criterios sociales realizarán un base de guía para que el juez produzca el fallo.
Los criterios que utilizan los jueces para fijar los aspectos concurrentes son:
La culpabilidad general que intervengan en la acción del ofensor del delito. Tales circunstancias incurren en el desenvolvimiento personal y social de la persona que fue ofendida.
En la jurisprudencia se conoce como la gravedad de la lesión que sea interferida. Todo esto incluye los beneficios que llega a obtener de manera general el ofensor.
El juez realiza un estudio de cada caso en el que influye la naturaleza peculiar de los criterios judiciales. En la clasificación, la indemnización es determinada por el juez.
La decisión emanada por este órgano no puede ser revisada por casación. La única forma que esto no pase es que la decisión no sea tomada arbitrariamente.
Se debe utilizar la prudencia para que el razonamiento del juez sea aprobado. La dependencia de los montos de este tipo de perjuicios se realiza con un análisis comparado de casos.
La comparación toma en cuenta los casos personales del ofendido y del ofensor. Logrando a través de esta vía una compensación satisfactoria en cada caso.
Ante lo complejo que puede ser el delito de daño se utiliza otras disciplinas que determinan la indemnización. Esta situación es primordial en la indemnización de daños extra patrimoniales.