Delito de revelación de secretos de empresa

Redacción

Updated on:

Compartir:

Delito de revelación de secretos de empresa

El delito de revelación de secretos de empresa, es el “clásico delito” que no conocen, incluso, ni la mayoría de abogados del país, menos aún, la ciudadanía. 

Es la revelación de secretos de empresa, el típico delito, que creemos que no existe para nadie, pero, para todos los que trabajamos en una empresa, está ahí. Son muchas veces, las que pasan por los despachos de abogados penalistas, personas que creen, (o incluso creemos), que eso del derecho penal, no va con nosotros, que eso, solo va con narcotraficantes y pedófilos, pero nada más lejos de la realidad. En el “saco” del derecho penal, entramos todos. 

Delito de revelación de secretos de empresa
Delito de revelación de secretos de empresa

Tras esta breve introducción, vamos a explicar en qué consiste el delito de revelación secretos empresa, vamos a dar una serie de pautas sobre el mismo, y le vamos a aconsejar donde acudir en caso de verse involucrado en una actuación judicial relacionada con el delito de revelación de secretos de empresa.

Artículo 197 del código penal

El delito de revelación de secretos, (nos referimos al tipo básico), se encuentra recogido en el artículo 197 del código penal. Ya en su día planteamos un artículo sobre el mismo, que puedes leer en este enlace. Delito de revelación de secretos.    

¿Buscas abogado especialista en Derecho Penal?

Te ayudamos a encontrar abogado especialista en Penal.
Contamos con una amplia red de abogados colaboradores en toda España.

La razón de comentarte lo anterior, es porque el delito de revelación de secretos de empresa, parte de la misma concepción que el tipo básico de revelación de secretos, esto es, de la idea que, el legislador lo que viene a proteger o salvaguardar es el propio secreto, con lo que, obviedades a parte, es interesante recordar que lo que no es secreto, y se revela, no es delito.  Esta idea, es fuente esencial de estrategias de defensa frente a acusaciones por este tipo de cuestiones. 

Por nuestra larga trayectoria en la información jurídica y de tribunales, este tipo de casos suele darse mucho dentro del sector asegurador. Comercial, mando intermedio o directivo, que por una circunstancia u otra es despedido, cesado o simplemente abandona la empresa, llevándose con él o ella, ese listado de clientes o asegurados, (al caso que planteamos). Aunque parezca mentira, las empresas tiene mil maneras, resortes o alarmas para detectar la fuga de sus asegurados o clientes, y realmente con las tecnologías que tenemos hoy en día, es fácil detectar este tipo de fugas.

La regulación legal, concreta y específica de este tipo de delito, se encuentra en el artículo 278 del código penal. Se encuentra dentro de los delitos relativos al mercado y a los consumidores. También se encuentra tipificado en el artículo 279 del código penal.

Fíjese si suele ser habitual este tipo de casos, que el código penal, prevé directamente, la comisión de este tipo de delitos, en beneficio propio, esto es, el trabajador que opta por hacer suyo el listado de clientes y beneficiarse del mismo, en favor propio. 

La gran parte olvidada de este tipo de delitos, se centra en la pieza de responsabilidad civil, que suele ser, cuestiones a parte, más compleja que la propia pieza principal civil. Por nuestra experiencia en sentencias de juzgados y tribunales, de este tipo de cuestiones, hemos llegado a ver solicitudes de indemnizaciones millonarias, planteadas por las aseguradoras a ex trabajadores, por razón de haberse hecho con el listado de clientes. No olvidemos que suele ser, casi que el “tesoro más preciado” para cualquier empresa. 

Conclusion

Finalmente, en cuanto a la recomendación profesional, nosotros consideramos que los mejores expertos, abogados delito revelación de secretos, de más éxito a nivel nacional, son los rinber abogados. 

Deja un comentario