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El delito de amenazas se comete cuando se anuncia o se avisa la intención de ocasionar un daño. Este es una acción que perjudica o pone en peligro la vida de una persona, sus familiares o bienes.
La regulación, las condiciones, la definición y requisitos de este delito se encuentran establecidos en el Código Penal. Este es un tipo de delito subjetivo el cual requiere de pruebas concluyentes para presentarlas ante un Juez.

¿Qué es una amenaza?
La amenaza es un proceso de la naturaleza o provocado por el ser humano que puede poner en peligro a una persona, a un grupo de personas, sus bienes y su ambiente. Existen diferentes tipos de amenazas, unas son provocadas por el ser humano y algunas causadas por la naturaleza.
Entre las amenazas causadas por la naturaleza están los sismos, terremotos, sequías, erupciones volcánicas. Entre las causadas por el ser humano están las industriales, personales y tecnológicas las cuales constituyen un delito según el ordenamiento jurídico.
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La amenaza para que sea considerada como un delito, la persona que la hace debe efectuar una serie de acciones que conforman un delito. Esta puede ser a través de expresiones o acciones donde se exprese la intención de ocasionar un daño.
Lo que significa que no sólo con amenazar se comete un delito, se requiere que la acción que se va a realizar para provocar daño, se encuentre tipificada como delito.
¿Qué es el delito de amenaza?
Este delito se encuentra regulado desde los artículos 169 hasta 171 del Código Penal, que lo define como una advertencia o anuncio. El cual hace una persona a otra para causarle un daño a él, a su familia, a personas con la que se encuentra relacionada o a sus bienes.
La amenaza tiene como objetivo ejercer presión sobre la víctima, con la intención de provocar temor o quitarle la tranquilidad. Las sanciones que se aplican a quien comete el delito de amenaza se encuentran establecidas en el Código Penal.
Los delitos de amenazas que se pueden cometer son contra la libertad sexual, el patrimonio, el honor, la libertad, lesiones, torturas, homicidio. También puede contra la integridad moral, la intimidad, el aborto y de orden socioeconómico.
Tipos de delito de amenazas
Los diferentes tipos de delito de amenazas se encuentran establecidos en el Código Penal. La clasifica la hace si son o no condicionales y los que están relacionados con la comisión de un delito.
Modalidad agravada
Este tipo de amenazas se encuentran establecidas en el artículo 170 del Código Penal, entre ellas está:
Amenaza contra un colectivo
La amenaza de este tipo es cuando se dirigen contra un colectivo como uno profesional o social, los habitantes de una población o cualquier otro grupo de personas. También cuando se dirige a un grupo étnico, cultural o religioso.
Para que la amenaza contra un colectivo sea considerada como un delito quien realiza la acción debe tener suficiente autoridad para provocar temor.
Modalidad del delito leve
Cuando la amenaza no se adapta a ninguno de los supuestos establecidos en la ley es considerada como un delito. Este tipo de amenaza sólo se castiga cuando la víctima realiza una denuncia.
Para este delito se aplica la pena establecida en el artículo 171.7 del Código Penal. La cual consiste en una multa entre uno y tres meses, en los casos que se haga en una riña y se amenace con armas o cualquier objeto peligroso.
Violencia de género
Este tipo de amenaza se comentecontra quien conviva o que sea o haya sido su esposa o mujer. La violencia de género se encuentra establecida en el artículo 171.4 del Código Penal, la pena establecida para la amenaza por violencia de género es la siguiente:
Prisión de seis meses a un año.
Trabajos para el bienestar de la comunidad de 31 a 80 días
Privativa del derecho a la tenencia y al porte de armas de uno a 3 años.
El tribunal o el juez pueden considerar necesaria la inhabilitación para ejercer la patria potestad, acogimiento, tutela, curatela o guarda y custodia. Esta sanción será aplicada por un tiempo máximo de 5 años.
Violencia doméstica
El artículo 171.5 del Código Penal establece diferentes tipos de violencia doméstica, entre ellas están las siguientes:
La amenaza contra una persona especialmente vulnerable por parte de quien conviva con él, se le impone un castigo. La misma será la que se impone por violencia de género.
La amenaza con armas o cualquier otro instrumento peligroso hacia las personas con quien convivan. La pena establecida para estos casos es la siguiente:
Prisión entre tres meses y un año.
Trabajos para colaborar con la comunidad de 31 a 80 días
Privativa del derecho a la tenencia y al porte de armas de uno a 3 años.
El tribunal o el juez pueden dictar privativa para ejercer la patria potestad, acogimiento, tutela, curatela o guarda y custodia. Esta sanción será aplicada por un tiempo máximo de seis meses a tres años.
Delito Amenazas Condicionales
Este delito se comete cuando se impone cualquier tipo de condición o se exige la entrega de una cantidad. La pena para el delito de amenazas condicionales va a depender si se logra o no el objetivo.
La pena puede ser mayor en caso de que la amenaza se haga por medio de una carta, teléfono o por cualquier otro medio de comunicación.
Los delitos de amenazas condicionales que no son considerados delito serán castigados. La pena que se aplica para estos casos es de prisión que va de tres meses a un año o una multa de seis a veinticuatro meses. Cuando la amenaza logra su objetivo la pena impuesta es la mitad superior.
Delito amenazas no condicionales
Cuando se hace la amenaza no se impone ningún tipo de condición para evitar el daño, pero se afecta la tranquilidad emocional de la víctima. Por esta razón se impone una pena menor.
Delito de amenaza con chantaje
Este tipo de delito se puede cometer en dos modalidades, que son las siguientes:
Revelar la comisión de delitos
La modalidad de chantaje ocurre cuando la amenaza consiste en denunciar o revelar la comisión de algún tipo de delito. La acción con la que se amenaza debe tener relación con revelar un hecho que afecta las relaciones familiares o vida privada del amenazado.
Para este tipo de amenaza el artículo 171.3 del Código Penal establece que la pena por amenazar con revelar un delito puede ser leve.
Chantaje de tipo básico
En este tipo de chantajese exige una recompensa por no revelar algún hecho de la vida familiar o privada de una persona. Los cuales son hechos que al ser conocidos pueden afectar el prestigio o los intereses de la persona.
El chantaje de este tipoestá regulado en el artículo 171.2 del Código Penal. La pena establecida para este delito para cuando se consigue lo exigido es de prisión de dos a cuatro años. Cuando no se consigue lo exigido la pena será de prisión de cuatro meses a dos años.